Micelio
Auto26 de noviembre de 2025

A- de 2025

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Eduin De La Rosa Quessep·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda
  • Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Requisitos de procedencia
  • Incumplimiento de la carga argumentativa
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque el demandante no corrigió las deficiencias advertidas en la inadmisión.

Al revisar los requisitos de procedencia encontró la Sala Plena de la Corporación que el recurso impetrado no satisfizo el presupuesto de carga argumentativa.

Ello, porque el demandante no evidenció, ni siquiera sumariamente, un yerro, olvido o arbitrariedad en la providencia censurada y solo se limitó, explícitamente, a manifestar su inconformidad y su discrepancia con la decisión del magistrado sustanciador.

Con base en lo anterior se RECHAZÓ, por improcedente, la súplica invocada en esta oportunidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR por improcedente, por ausencia de carga argumentativa, el recurso de súplica interpuesto por el ciudadano Eduin de la Rosa Quessep, en el expediente D-16890, en contra del Auto de 20 de octubre 2025 que rechazó la demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 2 (parcial) de la Ley 1995 de 2019, "[p]or medio de la cual se dictan normas catastrales e impuestos sobre la propiedad raíz y se dictan otras disposiciones de carácter tributario territorial".
  2. SEGUNDO. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
  3. TERCERO. Ejecutoriada esta decisión, archívese el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.